Auto15 de julio de 2026
A-884 de 2026
✓
Tema · dato duro
Sin Información
01
Temas y subtemas del fallo
Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Sin información
Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre la controversia planteada frente a la competencia jurisdiccional dentro del proceso penal que se adelanta en contra de Dayana Michel Castillo Benavides, por la presunta comisi�n del delito de extorsi�n agravada.
- Segundo. ADVERTIR al Juzgado 129 Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de Bogot� que, en lo sucesivo, observe la jurisprudencia constitucional relativa a la configuraci�n de los conflictos de competencia entre jurisdicciones, en particular el presupuesto subjetivo, antes de promover su remisi�n a esta Corporaci�n.
- Tercero. Por conducto de la Secretar�a General de la Corte Constitucional, REMITIR el expediente CJU-7726 al Juzgado 129 Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de Bogot� para lo de su competencia y para que comunique la presente decisi�n a los dem�s interesados. Notif�quese y c�mplase. PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA Presidenta NATALIA �NGEL CABO Magistrada CARLOS CAMARGO ASSIS Magistrado HECTOR ALFONSO CARVAJAL LONDO�O Magistrado JUAN CARLOS CORT�S GONZ�LEZ Magistrado LINA MARCELA ESCOBAR MART�NEZ Magistrada VLADIMIR FERN�NDEZ ANDRADE Magistrado JORGE ENRIQUE IB��EZ NAJAR Magistrado MIGUEL POLO ROSERO Magistrado ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ Secretaria General [1] El art�culo 241 de la Constituci�n establece: �A la Corte Constitucional se le conf�a la guarda de la integridad y supremac�a de la Constituci�n, en los estrictos y precisos t�rminos de este art�culo. Con tal fin, cumplir� las siguientes funciones: [...] || 11. Dirimir los conflictos de competencia que ocurran entre las distintas jurisdicciones�. [2] Expediente CJU-7726. Carpeta: 002ActuacionesConocimientoPrimeraInstancia � C04Documentos Archivo: 001EscritoAcusacion20231018.pdf. [3] Seg�n el escrito de acusaci�n, el 15 de febrero de 2022 el se�or Cuellar Perdomo, residente en el municipio de San Vicente del Cagu�n, recibi� un mensaje a trav�s de la aplicaci�n WhatsApp de una persona que se identific� como miembro de la Polic�a Nacional. En dicha comunicaci�n se le advirti� que ser�a vinculado a investigaciones por los delitos de pornograf�a infantil, acoso sexual y uso indebido de redes sociales, y se le exigi� la consignaci�n de $1.200.000 a la cuenta de Dayana Michel Castillo Benavides Expediente CJU-7726. Carpeta: 002ActuacionesConocimientoPrimeraInstancia � C04Documentos Archivo: 001EscritoAcusacion20231018.pdf. [4] Expediente CJU-7726. Carpeta: 001ActuacionesGarantias � C01Documentos Archivo: 015ActaAudienciaConcentrada20230725.pdf. [5] Expediente CJU-7726. Carpeta: 002ActuacionesConocimientoPrimeraInstancia � C04Documentos Archivo: �009ActaAcusacionJ120PMC20240401.pdf� [6] Expediente CJU-7726. Carpeta: 002ActuacionesConocimientoPrimeraInstancia � C04Documentos Archivo: �010AutoRemiteProcesoJ120PM20240517.pdf� [7] Expediente CJU-7726. Carpeta: 002ActuacionesConocimientoPrimeraInstancia � C04Documentos Archivo: �026ActaAudienciaJuiciOral20250224.pdf� [8] Expediente CJU-7726. Carpeta: 002ActuacionesConocimientoPrimeraInstancia � C04Documentos Archivo: �029RespuestaCabildoIndigena20250508.pdf� [9] Expediente CJU-7726 Carpeta: 002ActuacionesConocimientoPrimeraInstancia � C04Documentos Archivo: �031ActaAudienciaJuicioOralProponeConflicto20250509.pdf� [10] Expediente CJU-7726 Carpeta: 002ActuacionesConocimientoPrimeraInstancia � C04Documentos Archivo: �031ActaAudienciaJuicioOralProponeConflicto20250509.pdf� [11] El 15 de mayo de 2025, el expediente fue radicado ante la Corte Constitucional. Posteriormente, mediante reparto aleatorio del 16 de junio de 2025, el asunto fue asignado a la magistrada Natalia �ngel Cabo. [12] Expediente CJU-7726 Carpeta: 002ActuacionesConocimientoPrimeraInstancia � C04Documentos Archivo:�041AutoCorteConstitucional20250618.pdf� [13] Expediente CJU-7726 Carpeta: 002ActuacionesConocimientoPrimeraInstancia � C04Documentos Archivo:�049ActaAudienciaJuicioOral20260511.pdf� [14] Expediente CJU-7726 Carpeta: 002ActuacionesConocimientoPrimeraInstancia � C04Documentos Archivo:�049ActaAudienciaJuicioOral20260511.pdf� [15] Expediente CJU-7726 Carpeta: 002ActuacionesConocimientoPrimeraInstancia � C04Documentos Archivo:�049ActaAudienciaJuicioOral20260511.pdf� [16] Expediente CJU-7726 Carpeta: �CJU0007726 CC� Archivo: �02CJU-7726 Correo Remisorio.pdf� [17] Expediente CJU-7726 Carpeta: �CJU0007726 CC� Archivo: �03CJU-7726 Constancia de Reparto.pdf� [18] �Art�culo 241. A la Corte Constitucional se le conf�a la guarda de la integridad y supremac�a de la Constituci�n, en los estrictos y precisos t�rminos de este art�culo. Con tal fin, cumplir� las siguientes funciones: [�] || 11. Dirimir los conflictos de competencia que ocurran entre las distintas jurisdicciones�. [19] Corte Constitucional, Auto 155 de 2019. [20] No habr� conflicto cuando: (a) s�lo sea parte una autoridad; (b) una de las partes en colisi�n no ejerza funciones jurisdiccionales; o (c) ambas autoridades pertenezcan a la misma jurisdicci�n, pues se tratar�a de un asunto interno de la misma que debe ser definido por la autoridad competente para el efecto. No existir� conflicto cuando: (a) se evidencie que el litigio no est� en tr�mite o no existe, porque, por ejemplo, ya finaliz�; o (b) el debate procesal se centra sobre una causa de car�cter administrativo o pol�tico, pero no jurisdiccional. [21] No existir� conflicto cuando: (a) se evidencie que el litigio no est� en tr�mite o no existe, porque, por ejemplo, ya finaliz�; o (b) el debate procesal se centra sobre una causa de car�cter administrativo o pol�tico, pero no jurisdiccional. [22] No existir� conflicto cuando: (a) se evidencie que, a pesar de concurrir formalmente dos autoridades judiciales, alguna de ellas no ha rechazado su competencia o manifestado su intenci�n de asumirla; o (b) la exposici�n sobre la competencia desplegada por las autoridades en conflicto no tiene, al menos aparentemente, fundamento normativo alguno al sustentarse �nicamente en argumentos
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
No hay composición de sala registrada para esta providencia. Para tutelas y autos a menudo solo se conoce el ponente.
04
Cómo se conecta
Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.